top of page
Strategal

ICEX NEXT - Programa de Apoyo a la Internacionalización de Empresas

ICEX NEXT es el programa de ICEX España Exportación e Inversiones para PYMES españolas que desean crecer internacionalmente, ayudándolas en todas las fases de su proyecto.


El programa contiene una fase de asesoramiento obligatorio de 30 horas para ayudar a la empresa en el inicio, consolidación o reorientación de su estrategia internacional, así como, facilita el acceso a apoyo económico para los gastos derivados de la ejecución de dicha estrategia, en concreto, para los gastos de asesoramiento externo, prospección, promoción y desarrollo de red comercial en el exterior y contratación de personal en tu departamento de exportación. ICEX cofinancia el 50% de los gastos de la empresa en los conceptos anteriores, hasta una cuantía máxima de ayuda de 15.000 euros. Por tanto, para una inversión de la empresa de 30.000 euros.


Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas españolas con potencial exportador que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Ser Pyme. Se excluyen Asociaciones y Fundaciones.

  2. Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.

  3. No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.

  4. Contar con una facturación superior a 100.000 euros, eliminándose este requisito para las startups de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida en su acceso al mercado.

  5. Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.

  6. No haber participado en programas de Iniciación de ICEX, esto es, los programas PIPE o ICEX Next. Teniendo en cuenta la coyuntura actual, las empresas que hayan participado en estos programas con anterioridad al 1 de enero de 2015 cuya cifra de ventas en Reino Unido sea superior a 300.000 euros y/o, el porcentaje de sus ventas en Reino Unido sobre el total de sus ventas internacionales sea superior al 30% podrán ser beneficiarias del programa.

  7. No tener impagos con ICEX.

  8. Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre.


Con la aprobación de la nueva convocatoria, que podrá localizar en: https://icexnext.es/informate/ , el plazo de presentación de solicitudes se realizará conforme a siete procedimientos de selección sucesivos según el siguiente calendario:

  • Procedimiento 1: desde la fecha de publicación del extracto de la presenteconvocatoria en el BOE hasta el 15 de diciembre de 2019

  • Procedimiento 2: del 1 al 31 de enero de 2020

  • Procedimiento 3: del 1 al 31 de marzo de 2020

  • Procedimiento 4: del 1 al 31 de mayo de 2020

  • Procedimiento 5: del 1 al 31 de julio de 2020

  • Procedimiento 6: del 1 al 30 de septiembre de 2020

  • Procedimiento 7: del 1 al 30 de noviembre de 2020


Mas información en: www.icexnext.es


Desde STRATEGAL podemos ofreceros información adicional y ser partícipes en el diseño de tu estrategia de internacionaliación al ser consultores homologados del programa.

15 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page